persona realizando trabajo de contabilidad con una laptop y una hoja con tablas

Contabilidad Electrónica

La contabilidad electrónica, implementada el 1 de julio de 2014, representa un avance significativo en la gestión fiscal moderna. Esta normativa requiere que los contribuyentes registren y envíen sus transacciones en formato digital a través del Buzón Tributario del SAT. En este artículo, explicaremos qué es la contabilidad electrónica, quiénes están obligados a presentarla y cuáles son los archivos necesarios para cumplir con esta obligación.

¿Qué es la contabilidad electrónica?

La contabilidad electrónica, establecida el 1 de julio de 2014 bajo el Art. 43 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), implica registrar las transacciones de los contribuyentes en formato digital y enviar archivos XML mediante el Buzón Tributario. Esta obligación requiere que los contribuyentes mantengan sus registros y asientos contables electrónicamente y presenten mensualmente su información contable a través del sitio web del SAT. Esta medida busca mejorar la eficiencia y transparencia en la gestión fiscal.

¿Quiénes están obligados a presentar la contabilidad electrónica?

  • Personas físicas con actividad empresarial, actividades profesionales con ingresos superiores a dos millones de pesos y arrendamiento (siempre y cuando no utilicen la aplicación de Mis Cuentas o formen parte del Régimen de Incorporación Fiscal).
  • Personas morales, incluyendo las personas morales con fines no lucrativos.
    ¿Qué archivos integran la contabilidad electrónica?
  • Catálogo de cuentas: Se envía una sola vez y cada vez que sea modificado. Es una lista que organiza la información contable de tu negocio en categorías como activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos, gastos, cuentas de orden, entre otras.
  • Balanza de comprobación: Se envía de forma mensual, en el segundo mes siguiente al que correspondan los datos. La balanza de comprobación proporciona una lista detallada de los saldos de todas las cuentas incluidas en tu catálogo contable. Este reporte es fundamental para verificar la exactitud de los registros contables y asegurar que los débitos y créditos estén equilibrados.
  • Información de pólizas auxiliares: Se envía solo cuando el SAT necesite verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones.

¿Cuándo se deben enviar los archivos al SAT?

CONTRIBUYENTE

TIPO DE ENVÍO

Personas Físicas

Mensual: Al quinto día hábil del segundo mes posterior al que corresponde la información a enviar.

Personas Morales

Mensual: Al tercer día hábil del segundo mes posterior al que corresponde la información a enviar. 

Que cotizan en bolsa de valores

Trimestral: Al tercer o quinto día hábil del segundo mes posterior al que corresponde la información a enviar.

Personas Físicas y Morales del sector primario que optaron por presentar su declaración semestral

Semestral: Al tercer o quinto día hábil del segundo mes posterior al que corresponde la información a enviar.

Los archivos se generan con la aplicación gratuita del SAT o con uno de los proveedores de servicios y se envían a través del Buzón Tributario, en el apartado de contabilidad electrónica, con firma electrónica.

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